El acceso a la información es el derecho que tienen los ciudadanos de solicitar a cualquier institución gubernamental o autoridad pública la información que ésta posea, consiste en toda aquella información que la autoridad recopile, procese o posea. Comprende la consulta de documentos, la obtención de copias o reproducciones y la orientación sobre su existencia y contenido. Se entiende por información pública todo documento, registro, archivo o cualquier dato que recopile, procese o posea el Poder Ejecutivo del Estado y los demás sujetos obligados.

Dicha información es pública y debe ser accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que se establece en la normatividad en la materia y sólo podrá ser clasificada en reservada y/o confidencial por razones de interés público y seguridad nacional. El derecho de acceso a la información puede ser solicitada por cualquier ciudadano a través de los siguientes medios:


El procedimiento de trámite y respuesta a toda solicitud implica la revisión de las competencias que en materia de información tienen cada una de las instancias que forman parte del Poder Ejecutivo de acuerdo al tema o tópico solicitado. Una vez identificada la información, es proporcionada por la oficina generadora o en posesión de la Unidad Administrativa correspondiente para que sea entregada a la Unidad de Transparencia para su respuesta al solicitante de conforme a lo que señalado por la Ley y Reglamento en la materia.